martes, 19 de septiembre de 2023

CCOO INFORMA :La pensión de tres millones de españoles mejora gracias a una vallisoletana

 Los trabajadores a jornada parcial ven equiparadas sus cotizaciones con las de tiempo completo desde octubre, lo que en Valladolid beneficia a uno de cada cinco asalariados


 


INFORMA   

La pensión de tres millones de españoles mejora gracias a una vallisoletana

Los trabajadores a jornada parcial ven equiparadas sus cotizaciones con las de tiempo completo desde octubre, lo que en Valladolid beneficia a uno de cada cinco asalariados

Ángel Blanco Escalona

Valladolid

Domingo, 17 de septiembre 2023, 19:29

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A partir del 1 de octubre, los trabajadores que tienen un contrato a tiempo parcial tendrán la misma consideración que quienes están a jornada completa en lo que respecta al periodo de cotización para su futura pensión de jubilación. Así, a una persona que haya trabajado diez años con una jornada del 50% se le computarán diez años y no cinco, como sucede hasta ahora. La medida, que España adopta para cumplir con una resolución de la Justicia europea, beneficia a cerca de tres millones de trabajadores en todo el país, de los que casi 38.000 son vallisoletanos.

Esta equiparación del trabajo a tiempo parcial con el que se realiza a jornada completa a efectos de cómputo de los periodos cotizados –recogido en el RD-Ley 2/2023, que modifica el artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social–, fue también avalada por el Tribunal Constitucional tras la resolución europea, en ambos casos en 2019.

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La Justicia dictaminó entonces que la norma española provocaba desigualdad entre los trabajadores a tiempo parcial en relación con los de tiempo completo y, además, supone una discriminación por razón de sexo, ya que, según los datos oficiales (de 2019), las mujeres ocupan el 70% de las jornadas reducidas.

A quienes desempeñan su labor a jornada parcial también se les aplica una reducción en la base reguladora (coeficiente de parcialidad), de manera que aplicarlo también al periodo de cotización provoca en muchas situaciones una doble reducción, discriminatoria para estos trabajadores.

Para acceder a una pensión de jubilación contributiva se requiere tener como mínimo 15 años cotizados, de manera que quienes tienen contrato a media jornada necesitaban trabajar 30 años.

El Tribunal de la UE tachó la ley española de discriminatoria, ya que el 70% de los afectados son mujeres

El número de personas con contrato a tiempo parcial es creciente en los últimos años. En la provincia vallisoletana trabajan (con datos de agosto) de esta forma 37.574 asalariados, de los que casi 29.000 tienen contrato indefinido y algo menos de 9.000, contrato temporal. Hace diez años, en el mismo mes, el total era de 32.683, es decir unos cinco mil menos. Lo que sí ha variado en el último decenio es el número de quienes están a tiempo parcial con contrato temporal, que se ha reducido a la mitad por la desaparición de la modalidad de contrato de duración determinada.

Dentro de los 182.800 afiliados al Régimen General de la Seguridad Social que hay en Valladolid, los afectados por la parcialidad laboral suponen el 20,5%, frente al 18,5% del dato nacional.

La abogada Violeta Villar recurrió al TSJ y éste, a la Justicia europa


Violeta Villar, en una imagen de 2005. H. Sastre

Todo comenzó en Valladolid. La normativa española en materia de cálculo de la pensión de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial fue declarada contraria al Derecho de la Unión Europea después de que la abogada vallisoletana Violeta Villar impugnase el cálculo de su pensión de jubilación realizado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Tras 'descubrir' (en 2017) que el importe de su pensión se calculaba sobre la base de que había trabajado a tiempo parcial durante una parte importante de su vida laboral, Villar alegó que la diferencia de trato establecida por la normativa nacional daba lugar a una discriminación indirecta por razón de sexo, ya que la mayoría de los trabajadores a tiempo parcial son mujeres. Tras ser desestimada su demanda, la abogada interpuso un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que estuvo de acuerdo con ella y planteó una serie de cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la UE para que se dilucidase, en particular, si la normativa española era contraria a la Directiva de Igualdad, tal y como fue dictaminado finalmente.

Por contrato de trabajo a tiempo parcial se entiende aquél que conlleva la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable de la misma empresa y centro de trabajo que realice un trabajo idéntico o similar.

La jornada diaria con un contrato a tiempo parcial puede realizarse de forma continuada o partida y estos trabajadores no pueden hacer horas extraordinarias, aunque sí complementarias.

El Tribunal de Justicia de la UE advertía en su sentencia que la Directiva 79/7/CEE, de 19 de diciembre de 1978, «prohíbe toda discriminación por razón de sexo, ya sea directa o indirectamente, en lo relativo, entre otras cosas, al cálculo de las prestaciones en materia de Seguridad Social».

En este caso no se trata de una «discriminación directa», pero el Tribunal recuerda que «constituye discriminación indirecta por razón de sexo una situación en la que una disposición aparentemente neutra sitúa a personas de un sexo determinado en desventaja particular con respecto a personas del otro sexo». «Esa desventaja existe cuando una normativa afecta negativamente a una proporción de personas de un sexo significativamente más alta que la de las personas del otro sexo», añade.

Algo más de la mitad de quienes trabajan a tiempo parcial lo hacen de forma involuntaria y querrían una jornada completa

En este sentido, del total de trabajadores afectados por la parcialidad en Valladolid, 10.578 son hombres y 26.996 mujeres, lo que supone una relación de 28,2% para ellos y 71,8% para ellas.

Además, aunque en un buen número de casos el trabajo parcial es voluntario y permite al trabajador combinar la jornada de trabajo con otras actividades y compromisos, así como facilitar la conciliación familiar, hay un porcentaje elevado de trabajadores que desearían trabajar más horas y tienen un trabajo a tiempo parcial de manera involuntaria porque no encuentran trabajo a tiempo completo, lo que se considera una forma de subempleo.

El INE cuantificó en 2021 que el 51,6% de los trabajadores con jornada parcial en Castilla y León trabajan así porque no tienen más remedio de acuerdo con las ofertas del mercado. A nivel nacional, la cuota es del 52,4%.

De acuerdo con el nivel educativo, los porcentajes de trabajo a tiempo parcial involuntario son más altos en niveles más bajos de educación y según la nacionalidad, el valor más alto corresponde a los extranjeros no de la UE, con un valor de 69,7% en el conjunto de España. Por otro lado, el valor más alto (55,1%) se da en las áreas con más densidad de población.

Resto de pensiones

La nueva forma de cálculo ya se está aplicando para los empleados a tiempo parcial desde el verano de 2019 a raíz de las sentencias judiciales, pero la ley no lo ha recogido hasta ahora, después de que se modificase su redacción en la última reforma de las pensiones, aprobada el pasado 16 de marzo. Entrará en vigor oficialmente el 1 de octubre y afectará también al resto de pensiones contributivas: incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menores.

Los trabajadores subempleados que se jubilaron antes de 2019 no han visto reconocida de oficio la mejora y solo pueden conseguirla si acuden a los tribunales a exigirlo. Ya hay varias sentencias en este sentido y un reciente fallo de un juzgado de Navarra llegó más allá y pidió a la Seguridad Social que abonara la mejora en la pensión que acarrea el nuevo cálculo con carácter retroactivo desde el momento del alta, en este caso desde 2016.

 

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