Función Pública pacta con CC OO, UGT y CSIF un calendario negociador en el que se abordará una revisión salarial de los empleados públicos
Madrid - 20 ENE 2022
- 17:45 CET
Los tres sindicatos más representativos en la
Administración, CC OO, UGT y CSIF, han alcanzado un acuerdo con el Gobierno
para diseñar un calendario negociador en el que se abordará la mejoría de la
situación de los trabajadores públicos. Por medio de un
comunicado conjunto, las organizaciones han anunciado que los encuentros con el
Ministerio de Hacienda y Función Pública comenzarán el próximo 10 de febrero, y
que en ellos se determinará una senda de modificaciones donde se abordarán
apartados como la digitalización, la jubilación, la promoción interna, la
movilidad y la carrera profesional, además de una revisión de sus
remuneraciones.
Los representantes del colectivo de funcionarios, de
algo menos de tres millones de personas según el último registro de Función
Pública, vienen denunciado durante los últimos años una pérdida de poder adquisitivo,
además de una merma de efectivos que ha comprometido el correcto ejercicio de
sus funciones. Aunque el Gobierno decretó un aumento de los sueldos públicos
del 0,9% en 2021, este se quedó muy lejos del 3,1% de subida media que registró
el IPC el año pasado. En los Presupuestos de 2022 se determinó un nuevo incremento,
esta vez del 2%, que organizaciones como CSIF califican de
insuficiente, pues consideran que debe situarse, como mínimo, en el 3,6%. “Con
la inflación de este año, los empleados públicos arrastramos una pérdida del
poder adquisitivo superior al 13%, esto es insostenible y no se corresponde con
el papel fundamental que están demostrando durante la pandemia”, señala
Francisco Lama, secretario de Acción Sindical de CSIF. “Nuestro objetivo es
definir una senda de crecimiento plurianual que de estabilidad a los
trabajadores públicos”, apunta Isabel Araque, secretaria de Acción Sindical de
UGT Servicios Públicos.
Además de pactar este horizonte negociador, durante la
reunión que CC OO, UGT y CSIF han mantenido en el marco de la comisión de
seguimiento del plan de choque para reducir la temporalidad se han analizado
los instrumentos para establecer los criterios para el desarrollo de la nueva
ley de temporalidad. “Lo que hemos buscado es que todas las administraciones
tengan una hoja de ruta similar, sin obviar las peculiaridades que tienen todos
los territorios”, añade Araque. Esta norma entró en vigor el pasado
30 de diciembre con el objetivo de rebajar la elevada tasa de
temporalidad que presenta la Administración (31,6%) hasta el 8%. Se trata de un
compromiso que adquirió el Gobierno con la Unión Europea a través de las
reformas contenidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Sin embargo, la fórmula seleccionada para llevar a
cabo esta regularización no convence a todas las
organizaciones sindicales. Que el proceso de estabilización se lleve
a cabo por medio de concursos y no oposiciones para puestos de trabajo en la
Administración que hayan estado ocupados de forma
temporal durante al menos cinco años, genera dudas legales en los
agentes sociales. Según recoge la norma, las plazas que hubieran estado
ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida desde antes del 1 de
enero de 2016 se convocarán por el sistema de concurso de manera excepcional.
Esto significa que las plazas estructurales de la Administración que lleven al
menos cinco años ocupadas de forma interina, así como las ocupadas por personas
interinas que lleven más de cinco años empleadas en la Administración se
convocarán a través de este proceso extraordinario para su estabilización.
Seguridad jurídica
El formato seleccionado será el de concurso-oposición,
contando para el primer apartado con un 40% del peso de la evaluación. Además,
la experiencia será el elemento determinante en la valoración. Los ejercicios
de la fase de oposición, por el contrario, podrán considerarse no
eliminatorios. Estos planteamientos son los que, según reconocen algunas
fuentes del diálogo social, generaban mayor incertidumbre legal, pues con ellas
se podría vulnerar el derecho igualitario de acceso a los puestos públicos que protege
la Constitución. Sin embargo, tras su aprobación el pasado 2 de diciembre en el
Congreso, y posteriormente en el Senado, el sistema de estabilización no ha
variado.
Conoce en profundidad todas las caras de la moneda.
“Los sindicatos han pedido que el desarrollo de los
procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021 deben ofrecer seguridad
jurídica y garantizar el principio de equidad para evitar que se produzcan
situaciones lesivas para los y las aspirantes”, recoge, sin embargo, el
comunicado.
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