miércoles, 8 de marzo de 2023

Ampliación del periodo para el cálculo de la pensión de jubilación, y destope de base de cotización y pensión máxima

 Además de las anteriores medidas, muy probablemente se ampliará la aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (un 0,6% de cotización adicional) hasta 2050, y se está estudiando la aplicación de un recargo de cotización para las personas con salarios más altos.


Si bien las negociaciones entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (MISSM) con los sindicatos y la patronal están paradas y sin avances, probablemente el Gobierno finalmente aprobará y tramitará a través de un Real Decreto-Ley este grupo de medidas del segundo paquete de Reforma de las Pensiones.

Adecuación a las nuevas carreras profesionales del periodo de cómputo considerado para el cálculo de la pensión de jubilación

Esta medida consistirá en el incremento del número de años que se consideran para calcular la base reguladora con la que se determina la pensión de jubilación.


La propuesta actual del Ministerio de Inclusión Seguridad Social y Migraciones (MISSM) es extender progresivamente los 25 años considerados en la actualidad (desde 2022), para calcular la base reguladora de la pensión, hasta 30 años, con la posibilidad para el beneficiario de elegir los mejores 28 años de cotización entre esos 30 años, es decir, descartando los 24 peores meses.


Además, probablemente se aprobará un nuevo sistema de contabilización de las lagunas de cotización (en la base reguladora) en carreras irregulares más benévolo que el que actualmente se aplica, especialmente para el Régimen de Trabajadores Autónomos.

Según el MISMM, esta medida va a hacer que el sistema sea más equitativo y va a permitir que las personas que tienen carreras profesionales más volátiles, para las que sus últimos años profesionales no tienen que ser los mejores, no se vean perjudicados por el sistema.

La medida, si bien perjudicará a una mayoría de trabajadores, beneficiará principalmente a muchos trabajadores autónomos con carreras irregulares, y a quienes hayan sido expulsados del mercado laboral prematuramente (por ejemplo, a los “50 y tantos años” de edad, o a los “60 y pocos años”).

Destope de la base máxima de cotización y de la pensión máxima

No será propiamente un destope, ya que no se eliminaría el tope de base de cotización máxima ni el de pensión máxima, si no que ese tope se iría incrementando progresivamente. Ese incremento será progresivo a lo largo de los años y asimétrico, por cuanto la base máxima de cotización se incrementará más de lo que se incremente la pensión máxima.

La propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (MISSM), según el texto que se divulgó el 14 de diciembre de 2022, es la siguiente: 

  • a) Se actualizaría la base máxima de cotización entre 2025 y 2050, vinculándola a la revalorización de las pensiones (según el IPC interanual medio), más un incremento adicional anual de 1,154 puntos porcentuales. A partir de 2050 crecería únicamente en el IPC.

  • b) La pensión máxima subiría también en el IPC más un porcentaje, pero este sería menor que el aplicado a la base de cotización, variando el mismo según el periodo:

    • Entre 2025 y 2050, subiría en el IPC + 0,115 puntos porcentuales.

    • Entre 2051 y 2065, variaría entre el IPC + 0,182 puntos en 2051 y 1,455 puntos en 2065.


La base máxima de cotización se ha incrementado en 2023 un 8,6% respecto a 2022, situándose en 4.495,50 euros (53.946 euros anuales). La pensión máxima se ha revalorizado en 2023 un 8,5% respecto a 2022, y se sitúa en 3.058,81 euros mensuales (42.823,34 euros anuales).

 

Consecuencias de esta subida asimétrica de la base máxima de cotización y de la pensión máxima

Al ser una subida asimétrica, es decir, subirá más la base máxima de cotización que la pensión máxima, afectará al principio de proporcionalidad contributiva de las pensiones públicas. Además, perjudica a la equidad intergeneracional (perjudica a los más jóvenes), por la mayor velocidad de incremento de la base de cotización máxima que de la pensión máxima.

Por otro lado, esta subida asimétrica va en detrimento de la cuantía de la pensión que recibirán quienes coticen por bases altas, según ha apuntado el Grupo de Investigación en Pensiones y Protección Social,  de la Universidad de Valencia, en su informe “El incremento de la base de cotización máxima y de la pensión máximaEl Informe indica que el abono de una parte de la cotización realizada sin recibir prestaciones a cambio (derivado de que se subirá más la base máxima de cotización que la pensión máxima) se convierte “en el equivalente a un impuesto adicional al IRPF".

Según los cálculos de ese Informe del Grupo de Investigación en Pensiones y Protección Social de la UV, el incremento de la base máxima va a generar unos mayores ingresos que no superaran 0,2 puntos de PIB que, en 2050, supondrá 4.054 millones de 2023.

Según el Informe, otra de las consecuencias de este destope asimétrico sería que la brecha entre base cotización máxima y pensión máxima se incrementará rápidamente, pasando del 25,9% en 2022 al 63,9% en 2050 (es decir, en  2050 la base máxima será un 63,9% superior a la pensión máxima). Posteriormentese reduciría casi 20 puntos porcentuales entre 2050 y 2065.

Gráfico: Grupo de Investigación en Pensiones. Universidad Valencia

Recargo de cotización a los salarios más altos

Además, el MISSM está estudiando introducir un recargo adicional de cotización en los salarios más altos. En la actualidad, toda aquella parte del salario que exceda la base máxima de cotización (4.495 euros en 2023) está exenta de cotizar a la Seguridad Social.

Prolongación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional hasta el año 2050

El nuevo Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2023, sustituyendo al recientemente derogado Factor de Sostenibilidad , supone una cotización adicional a la Seguridad Social, por contingencias comunes, del 0,6%. Un 0,5% a cargo de la empresa y un 0,1% del trabajador. En el caso de los trabajadores autónomos, abonarán ellos íntegramente el 0,6%.

Con esa contribución del 0,6% se dotará el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, con aportaciones entre 2023 y 2032, para hacer frente al incremento del gasto en pensiones producido por la jubilación de la numerosa generación del baby boom (aquellos nacidos entre 1958 y 1978), cuyos miembros han comenzado a jubilarse en 2023.

En este artículo puedes encontrar más detalles sobre el MEI.

La Comisión Europea ha solicitado al Gobierno la prolongación hasta 2050 de la cotización extra (del 0,6%) que supone el MEI. Se espera que el Gobierno apruebe esta prórroga hasta 2050.

Brecha de Género en las Pensiones

Otro de los elementos que incluirá el próximo Real Decreto Ley de Reforma de las Pensiones, serán medidas para reducir la brecha de género en las pensiones.

 

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