miércoles, 25 de enero de 2023

COMISION PARITARIA CELEBRADA EL 24-1-2023

 

Ayer se celebró en la Diputación de Valladolid la Comisión de seguimiento del Acuerdo-Convenio en vigor y en ella además de presentarse los calendarios anuales se interpretaron diversos artículos del Acuerdo
























COMISION PARITARIA CELEBRADA EL 24-1-2023


1.- Habiendo una discrepancia entre el cálculo de jornada anual realizado por el Auditor de Personal   y el cálculo de horas a realizar por parte del Jefe de Personal de los Centros Asistenciales. Situación que ya se produjo el pasado año, el Diputado de personal,  se compromete a aclarar en tiempo breve esta diferencia en la jornada anual entre trabajadores de la misma Diputación. Por lo tanto, los calendarios presentados se dejan en suspenso, hasta aclarar este criterio.

2.- Aceptan la necesidad de realizar un cómputo individualizado de la jornada de cada trabajador/a, para que cada uno/a, realice solamente la jornada exacta y si le sobra que la disfrute y si le falta que la aporte.

3,. Se traslada por la parte social que de  las propuestas anexas al calendario, lo único que se aceptó en la Mesa de Centros fue la propuesta. “Máxima coincidencia de personal de Vacaciones”, pero que no se aceptó: ni la “propuesta de cobertura del turno de noche”, ni la propuesta de “cobertura de fines de semana en Dr. Villacián”, ni la propuesta de “modificación parcial de vacaciones”. Son propuestas que al no haber sido negociadas ni acordadas  en el ámbito correspondiente no pueden llevarse a efecto.

 

En ASUNTOS URGENTES:

a)     Se interpreto el art. 19 de nuestro Acuerdo, a raíz de la modificación del Art. 48 a) del Trebep, modificado por la Ley de Presupuestos del año 2021 “que equipara las intervenciones quirúrgicas ambulatorias que precisen reposo domiciliario (y así este indicado y acreditado por el facultativo) al ingreso hospitalario o a la enfermedad grave.

b)     Y por otro lado se interpretó en relación a este mismo artículo, basado en en el Art. 48.”j” del TREBEP. : Que cuando un trabajador/a se encuentre trabajando y por una situación de urgencia su familiar de primer grado que este al cargo de menores de 12 años o de una persona dependiente deba acudir a urgencias de un hospital, el trabajador o trabajadora podrá ausentarse de su puesto de trabajo por el tiempo indispensable, para hacerse cargo de sus hijos o persona dependiente a su cargo. Siendo sustituido en los centros de trabajo que estén sometidos a un número mínimo de efectivos.  Esta situación se justificará con el parte de urgencias del familiar que ha acudido. En ningún caso esta interpretación sirve para una consulta programada y previsible.

 

c)      Después de haber solicitado en reiteradas ocasiones que el Servicio de Personal estudie pros y contras de firmar un acuerdo de reciprocidad con la Junta de castilla y León para poder participar en “concursos abiertos” que se convoquen por parte de la Junta de Castilla y León para dar mayores opciones de movilidad a los trabajadores de la Diputación, el Diputado encarga  al Jefe se Servicio de personal que los estudie ya y presente un estudio sobre ello a la Mesa de Negociación de la Diputación.

 

 

                            En Valladolid a 25 de enero de 2023





 

          


jueves, 12 de enero de 2023

Novedades en pensiones para 2023: edad de jubilación, número de años para cobrar el 100%, revalorización IPC, cotización autónomos…

 Entre esas novedades se encuentran el incremento de la edad de jubilación y del número de años necesarios para tener derecho a cobrar el 100% de pensión. Estos dos cambios no han sido recientemente adoptados en el proceso de reforma actual, sino que fueron incluidas en 2011 en la Ley 27/2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social , a través de periodos transitorios. Asimismo, entran en vigor el 1 de enero otras nuevas medidas, estas si adoptadas por la reforma de las pensiones durante los últimos 12 meses, como el nuevo sistema de cotización para trabajadores autónomos.














Estas son las principales novedades en materia de pensiones:

Edad ordinaria de jubilación en 2023

La edad legal de jubilación ordinaria viene incrementándose año tras año a través de un periodo transitorio, desde 2013 hasta 2027, a razón de un mes de retraso por cada año transcurrido entre 2013 y 2018, y un retraso de 2 meses por cada año transcurrido desde 2018.

En 2022 la edad legal de jubilación ordinaria ascendía a 66 años y 2 meses en caso de acreditar menos de 37 años y 6 meses de cotizaciones. En cambio, si se acumulaban 37 años y 6 meses o más de cotización, era posible jubilarse con 65 años.



En 2023 la edad legal de jubilación ordinaria se retrasa dos meses respecto a 2022. La edad de jubilación en 2023 serán  66 años y 4 meses cuando se disponga de menos de 37 años y 9 meses de cotización. En cambio, en caso de acreditar 37 años y 9 meses o más de periodo cotizado, es posible jubilarse con 65 años.

A partir del año 2027, la edad de jubilación ordinaria será de 67 años para el caso de personas que hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses, y de 65 años si se hubiese acumulado un periodo de cotización de 38 años y 6 meses o más.

El retraso de la edad legal de jubilación ordinaria, afectará asimismo a la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria (es posible jubilarse anticipadamente de forma voluntaria hasta 24 meses antes de la edad legal ordinaria de jubilación) y a la de jubilación anticipada involuntaria (hasta 48 meses -4 años- antes de la edad legal ordinaria):

  • Para jubilarse anticipadamente de forma voluntaria en el año 2023 será necesario tener al menos una edad de 64 años y 4 meses en caso de contar con menos de 37 años y 9 meses de cotización. En cambio, será posible acceder a la jubilación anticipada voluntaria a partir de los 63 años en caso de haber cotizado 37 años y 9 meses o más.

  • Será posible acceder a la jubilación anticipada involuntaria en 2023, a partir de los 62 años y 4 meses si se cuentan con menos de 37 años y 9 meses de cotización, o bien a partir de los 61 años si se acumulan esos 37 años y 9 meses o más de cotizaciones.

Número de años requerido para tener derecho al 100% de la pensión

Para tener derecho a cobrar como importe de pensión de jubilación el 100% de la base reguladora con la que se determina la misma, el causante de la pensión debe de haber cotizado un número mínimo de años. Ese número de años requerido también está evolucionando conforme a un calendario progresivo desde el año 2013 al año 2027.

En el caso de haber accedido a la jubilación en el periodo que iba desde el año 2020 hasta el año 2022 (inclusive), era necesario cotizar un mínimo de 36 años para tener derecho al 100% de la base reguladora.


Para aquellos que accedan a la jubilación en el año 2023 (también aquellos que vayan a acceder en 2024,2025 o 2026), será necesario contar con 36 años y 6 meses o más cotizados para tener derecho a percibir el 100% de la base reguladora.

A partir de 2027 serán necesarios 37 años cotizados para acceder a una pensión del 100% de la base reguladora.

Revalorización de las pensiones contributivas para 2023

Desde 1 de enero de 2022, las pensiones contributivas se actualizan cada año de acuerdo al Índice de Precios al Consumo (IPC) medio de los 12 meses previos al mes de diciembre del ejercicio anterior. Este nuevo método de revalorizarán las pensiones ha sido introducido la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.


De acuerdo a esta fórmula, las pensiones en 2023 se revalorizarán en un 8,5%, teniendo en cuenta que la inflación media interanual diciembre 2021-noviembre 2022 se ha situado en un 8,46% (el porcentaje se ha redondeado en un 8,5%).


Nuevas medidas de reforma de las pensiones aprobadas en los últimos dos años que han entrado en vigor el 1 de enero de 2023

La mayor las mismas son parte del segundo bloque de medidas de reforma , aprobado durante 2022, aunque otras como el nuevo Factor de Equidad Intergeneracional (MEI), si bien entra en vigor el 1 de enero de 2023, es parte del primer bloque de medidas que fue aprobado a final de diciembre de 2021. Estas son las medidas:

1. Nuevo sistema de cotización para trabajadores autónomos según sus rendimientos netos efectivos

El 1 de enero, ha entrado en vigor el nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia, que se implementará a través de un periodo transitorio que evolucionará progresivamente hasta 2032, año en el que la base de cotización de los autónomos será igual a sus rendimientos netos.

El nuevo sistema de cotización establece 15 tramos de cotización en función de 15 tramos de rendimientos netos (*), contemplando tramos de cotización progresiva desde 2023 hasta 2025. En el año 2025, los tramos de rendimientos netos y cuotas se revisarán de nuevo para los siguientes tres años, y de nuevo se revisarán en 2028 hasta llegar a 2032, año en el que los autónomos deberán estar cotizando por una base igual a sus rendimientos netos.

(*) 15 tramos: 12 tramos de la tabla general y 3 tramos de la tabla reducida.

A inicios de cada año, o en el momento de darse como alta como autónomo, cada autónomo comunicará su previsión de rendimientos netos para el ejercicio, que podrá ir modificando cada dos meses (hasta 6 veces al año). A inicios del año siguiente, y en función de los rendimientos netos anuales efectivos de cada autónomo que le facilite la Agencia Tributaria, la Seguridad Social procederá a regularizar las cuotas, si esos rendimientos fueran superiores o inferiores al tramo que cada persona haya elegido para cotizar.

2. Nuevo Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) que incrementa las cotizaciones

El nuevo mecanismo, que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2023, sustituirá al ya derogado Factor de Sostenibilidad, y a diferencia del anterior (que ajustaba el importe de prestaciones en función del incremento de la esperanza de vida) actúa sobre las cotizaciones.

El MEI será de carácter temporal y tendrá dos componentes. El más inmediato, y que nos afecta ahora, será la reactivación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, mediante una aportación al mismo entre 2023 y 2032 (10 años), que se obtendrá de un incremento en un 0,6% de la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, a partir de 1 de enero de 2023. Un 0,5% lo cotizará la empresa y un 0,1% el trabajador. En el caso de los autónomos, el porcentaje completo (0,6%) correrá a cargo del trabajador.

La Comisión Europea ha solicitado al Gobierno español que la aplicación del MEI se prolongue hasta 2050 (no únicamente hasta 2032), petición a la que el Gobierno a fecha de publicación de este articulo no ha aceptado todavía, aunque se espera acepte.

Puedes encontrar el resto de los detalles del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (segundo componente) en este artículo vinculado.

3. Adecuación a las nuevas carreras profesionales del periodo de cómputo para el cálculo de la pensión de jubilación

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (MISSM) está negociando con los agentes sociales, la posibilidad de incremento del número de años considerado para la determinación de la base reguladora con la que se calcula la pensión de jubilación.

La propuesta actual del MISMM, a fecha de publicación de este artículo, ha sido extender progresivamente de los 25 años considerados en la actualidad (desde 2022) hasta 30 años con la posibilidad de elegir los mejores 28 años de cotización entre esos 30 años. Por lo tanto, se descartarían las peores 24 mensualidades. A fecha de publicación de este artículo, todavía no hay acuerdo con los agentes sociales, por lo que el contenido de este párrafo podría sufrir modificaciones

Además, podría aprobarse en su lugar un sistema de contabilización en la base reguladora de las lagunas de cotización más benévolo que el que actualmente se aplica (especialmente en el Régimen de Autónomos).

4. Destope de la base máxima de cotización y de la pensión máxima

Actualmente se está negociando con los agentes sociales esta medida. La última propuesta del MISMM consiste en actualizar la base máxima de cotización entre 2025 y 2050, vinculándola a la revalorización de las pensiones (según el IPC), más un incremento adicional anual de 1,154 puntos.

La base máxima de cotización en 2022 asciende a 49.672 euros y subirá un 8,6% en 2023, pasando a ser de 4.495 euros (54.000 euros anuales), según el incremento recogido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE).

La pensión máxima, en 2022 está situada en 39.468,52 euros anuales (2.819,18 euros mensuales). Con una revalorización del 8,5%, la pensión máxima en 2023 se ha situado en 3.059,23 euros mensuales (42.829,29 euros anuales).

5. Ley 12/2022 de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo y normativa de desarrollo: deducciones y bonificaciones para las empresas

El 1 de julio de 2022 entró en vigor esta nueva Ley 12/2022 (ver aquí los detalles de la nueva normativa ) , aunque algunas de sus regulaciones han entrado en vigor el 1 de enero de 2023 como, por ejemplo:

  • la deducción en el Impuesto de Sociedades del 10% las contribuciones empresariales a instrumentos de previsión social a favor de los trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 euros (o la parte proporcional de aportación para aquellos con salarios superiores a 27.000 euros).

  • La reducción, hasta un límite, de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes que correspondan a sus contribuciones a planes de pensiones de empleo e instrumentos alternativos.

  Asimismo, ha sido aprobado y ha entrado en vigor la primera parte del desarrollo reglamentario de esta Ley de impulso de los planes de pensiones de empleo, el Real Decreto 885/2022, de 18 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones, para el impulso de los planes de pensiones de empleo . Este Real Decreto desarrolla la parte de la ley 12/2022 relativa a los fondos de pensiones de empleo de promoción pública (véanse aquí los detalles del mismo).

Queda pendiente de aprobarse el segundo Reglamento de desarrollo, aquel que desarrolle la parte de Planes de Empleo Simplificados (PES). Se espera un borrador del mismo para mitad de enero y su aprobación definitiva en primavera de 2023.

 Finalmente, el ministro de Seguridad Social ha trasladado su intención de negociar con los agentes sociales la mejora de los incentivos a la jubilación parcial y la jubilación activa.

CUIDAR A QUIEN NOS CUIDA

 Artículo de opinión de Yolanda Martín Ventura, secretaria de Mujeres, Igualdad y Políticas Sociales de CCOO Castilla y León.

Hoy en la prensa han publicado el grave problema al que nos estamos viendo expuestos en Castilla y León, ya desde hace tiempo, ante la falta de cuidadores y cuidadoras en nuestra Comunidad Autónoma.

Esta falta de personal que corresponde a las profesiones pertenecientes a las categorías profesionales de cuidadores, auxiliares de ayuda a domicilio y gerocultores, en una Comunidad como la nuestra cada vez más y más envejecida, está suponiendo un verdadero quebradero de cabeza para la Junta de Castilla y León que en estos últimos días ha prolongado el plazo para obtener el certificado de profesionalidad, como así establece la normativa estatal para poder ejercer la profesión, dando un plazo de tres meses a mayores para su obtención e incluso ampliando el plazo de cómputo de la experiencia laboral a los últimos doce años y hasta el 30 de diciembre de 2022.

Aún ampliando y relajando los requisitos está siendo casi imposible encontrar a profesionales, sobre todo para las zonas rurales donde, además, se ha establecido la posibilidad de contratación de personal sin la cualificación profesional necesaria hasta encontrar a quienes sí que la tengan, con el fin de cubrir estas necesidades de cuidado.

Desde Comisiones Obreras y, en concreto, desde la Secretaría de Mujeres e Igualdad y Políticas sociales llevamos tiempo abogando y exigiendo un Pacto Estatal por los cuidados como eje central del estado de bienestar.

Todos y todas vamos a necesitar ser cuidados en algún momento de nuestras vidas y por ende debemos considerar los cuidados como un asunto social y político común. La ciudadanía debemos exigir una mayor inversión en cuidados pero también debemos exigir que estas profesiones sean valoradas como se merecen ya que, desde siempre, este sector ha estado infravalorado y con bajos salarios y además con el problema añadido de ser un sector en el que la temporalidad y la parcialidad campa a sus anchas, siendo además profesiones muy feminizadas que aún agravan más la persistente brecha de género que planea en nuestra sociedad y que destapa otro importante dato: las mujeres, en nuestra vejez, somos la cara visible de la desprotección y la pobreza, pues somos las que cobramos los salarios más bajos con lagunas en nuestra cotización debido a la asunción en mayor medida de los cuidados en el ámbito privado de nuestros hijos e hijas y mayores dependientes y, en consecuencia, con las jubilaciones más bajas y las que vamos a tener mayores problemas a la hora de pagar esos cuidados el día de mañana si desde lo público no se nos ofrece ninguna alternativa .

El sector de cuidados es un sector que en nuestra Comunidad supone más de 50.000 empleos, la mayoría realizados por mujeres que tradicionalmente hemos sido siempre “cuidadoras innatas”. Ha sido por este motivo por lo que cuidar ha sido considerado como un empleo poco profesional y con una baja remuneración. Es indispensable que esta situación se revierta de manera radical ya que se trata de trabajos esenciales e imprescindibles para toda la sociedad que deben tener el reconocimiento y las condiciones que merece.

Por tanto, parte de la solución al problema es bien sencilla: mejores sueldos, mejores condiciones y una valoración por toda la sociedad acorde a la importancia y relevancia que tiene y ya verán como muchas más personas se animarían a dedicarse a esta profesión que, por otro lado, tiene mucho más de vocacional y de servicio a la comunidad de lo que muchas personas creen.

Cuidemos de quienes cuidan para tener mejores cuidados.


martes, 10 de enero de 2023

¿Por qué es bueno para ti que haya unos sindicatos fuertes?

 




Los sindicatos suponen protección, apoyo mutuo, poder colectivo y mayor posibilidad de intervenir en las relaciones económicas en condiciones de simetría con la patronal. Los últimos tres años se han convertido en la demostración fehaciente de que nuestra sociedad sería mucho peor para los que menos tienen, si no existieran los sindicatos y, particularmente los sindicatos de clase.


No vamos a tirar las campanas al vuelo ni a ser demasiado efusivos ni autocomplacientes, pero Matrix, como si esto fuera el mundo cinematográfico de las hermanas Wachowski, está cambiando. Acordémonos: Desde que comenzaron a aplicarse las políticas neoliberales, en los años 70 y 80 del siglo pasado, los sindicatos nos convertimos en su principal bestia negra. Por algo sería… El objetivo de tales políticas era recuperar el beneficio del capital y cualquier institución que reforzara el poder negociador de los trabajadores constituía un obstáculo para su puesta en marcha que convenía desactivar o incluso eliminar si resultaba posible.

Todo o casi todo ha valido para instalar en la sociedad la lógica de que lo negativo que ocurre en tu economía y en la sociedad en la que vives es culpa de algún sindicato de clase. Pero ¿qué hay de verdad en esas críticas? ¿Es cierto que la actividad de los sindicatos es para las economías una especie de cáncer que conviene extirpar? ¿Son razones de ciencia económica las que justifican que se limite nuestro poder y actividad? Matrix está cambiando y estamos aquí para demostrarlo… solo hace falta repasar los últimos dos o tres años con la pandemia, la crisis de suministros y la Guerra de Ucrania, y, en especial, el felizmente enterrado 2022 para darse cuenta que de sí, menos mal que estamos. En Gente con clase jugamos a Matrix con María Cardeñosa, secretaria confederal de Finanzas y Administración; y con Unai Sordo, secretario general.

Ya sabes que los términos "píldora roja" y "píldora azul" se refieren a la elección entre la voluntad de aprender una verdad potencialmente inquietante y que cambia la vida tomando la píldora roja o permaneciendo en la ignorancia satisfecha con la píldora azul. Como apuntábamos antes, estos términos hacen referencia a una escena de la película “Matrix” de 1999. Pues bien, aquí y ahora vamos a desmontar mitos que se están cayendo de la realidad de Matrix en la que nos han hecho creer hasta ahora como si fueran verdades incontestables.

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